ES2282381T3 - Composiciones cosmeticas que contienen un copolimero de acido metacriico, un aceite y sus utilizaciones. - Google Patents
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Abstract
Composición cosmética, caracterizada por contener, en un medio cosméticamente aceptable, al menos un copolímero entrecruzado de ácido metacrílico y de acrilato de alquilo C1-C4 y al menos un aceite seleccionado entre los aceites sintéticos, los ésteres de ácidos grasos C3-C14 y que contienen en total menos de 20 átomos de carbono, los aceites vegetales que tienen un contenido en ácido palmitoleico superior o igual al 0, 2% en peso del aceite.
Description
Composiciones cosméticas que contienen un
copolímero de ácido metacrílico, un aceite y sus utilizaciones.
La presente invención se relaciona con nuevas
composiciones cosméticas que contienen, en un medio cosméticamente
aceptable, al menos un copolímero entrecruzado de ácido
metacrílico/acrilato de alquilo C_{1}-C_{4} y
al menos un aceite seleccionado entre los aceites sintéticos y los
ésteres de ácidos C_{3}-C_{14} y que tienen en
total menos de 20 átomos de carbono y los aceites vegetales que
tienen un contenido en ácido palmitoleico superior o igual al 0,2%
en peso del aceite.
Es bien sabido que el cabello que ha resultado
sensibilizado (es decir, estropeado y/o fragilizado) en diversos
grados bajo la acción de agentes atmosféricos o bajo la acción de
tratamientos mecánicos o químicos, tales como coloraciones,
decoloraciones y/o permanentes, es con frecuencia difícil de
desenredar y de peinar y carece de suavidad.
Se ha preconizado ya en las composiciones para
el lavado o el cuidado de las materias queratínicas, tales como el
cabello, la utilización de agentes acondicionadores, especialmente
polímeros catiónicos o siliconas, para facilitar el desenredado del
cabello y para comunicarle suavidad y flexibilidad. Sin embargo, las
ventajas cosméticas antes mencionadas se acompañan
desafortunadamente también, en cabellos secos, de ciertos efectos
cosméticos juzgados como indeseables, a saber, una pesadez del
peinado (falta de ligereza del cabello) y una falta de lisura
(cabello no homogéneo de la raíz a la punta).
Además, el uso de los polímeros catiónicos con
este fin presenta diversos inconvenientes. Debido a su fuerte
afinidad por el cabello, algunos de estos polímeros se depositan de
manera importante tras utilizaciones repetidas y dan lugar a
efectos indeseables, tales como un tacto desagradable y cargado, una
rigidez del cabello y una adhesión entre fibras que afecta al
peinado. Estos inconvenientes se acentúan en el caso de cabellos
finos, que carecen de nervosidad y de volumen.
Se ha preconizado ya la utilización como agente
acondicionador de aceites tales como los aceites vegetales o
animales o también de ésteres de ácidos grasos. Sin embargo, las
materias queratínicas tratadas con estas composiciones presentan
muy frecuentemente un tacto graso redhibitorio.
Además, para espesar y estabilizar las
composiciones que contienen agentes acondicionadores insolubles, se
utilizan con frecuencia agentes estabilizantes tales como los
polímeros acrílicos entrecruzados del tipo Carbopol. No obstante,
estos agentes estabilizantes presentan el inconveniente de disminuir
los rendimientos cosméticos de los champúes, especialmente haciendo
que el cabello esté más cargado y más ásperos.
En resumen, se ve que las composiciones
cosméticas actuales que contienen aceites no dan aún una completa
satisfacción.
Se conocen en el estado de la técnica
composiciones cosméticas, en particular detergentes, que contienen
un copolímero de ácido metacrílico y de acrilato de alquilo como
agente estabilizador o suspensor de ingredientes insolubles en
agua, como siliconas o cuerpos grasos. Tales composiciones han sido
descritas especialmente en la solicitud de patente WO 01/76552. Las
cualidades de la espuma y las propiedades cosméticas obtenidas con
estas composiciones no son aún suficientemente satisfactorias.
La solicitante ha descubierto ahora que la
asociación de un copolímero entrecruzado de ácido
metacrílico/acrilato de alquilo C_{1}-C_{4} y
de un aceite particular permite solucionar estos inconvenientes.
En efecto, se ha constatado que la utilización
de dicho copolímero acrílico en las composiciones de la presente
invención permitía obtener sobre las materias queratínicas,
especialmente sobre el cabello, muy buenas propiedades cosméticas,
particularmente una facilidad de desenredado, así como un aporte de
ligereza, de lisura, de suavidad y de flexibilidad, sin sensación
alguna de tacto cargado.
Además, las composiciones según la invención son
estables y presentan un aspecto visual estético. Las propiedades de
uso (aspecto, consistencia, abundancia de la espuma, eliminación de
la espuma) son muy satisfactorias.
Además, composiciones de la invención aplicadas
sobre la piel, especialmente en forma de baño de espuma o de gel de
ducha, aportan un mejoramiento de la suavidad de la piel.
Así, según la presente invención, se proponen
ahora nuevas composiciones cosméticas que contienen, en un medio
cosméticamente aceptable, al menos un copolímero entrecruzado de
ácido metacrílico y de acrilato de alquilo
C_{1}-C_{4} entrecruzado, al menos un aceite
seleccionado entre los aceites sintéticos, los ésteres de ácidos
C_{3}-C_{14} y que tienen en total menos de 20
átomos de carbono y los aceites vegetales que tienen un contenido
en ácido palmitoleico superior o igual al 0,2% en peso del
aceite.
La invención tiene igualmente por objeto la
utilización de una composición tal como se ha definido
anteriormente para aportar ligereza, suavidad, lisura al tacto y
flexibilidad al cabello.
Otro objeto de la invención se relaciona con un
procedimiento de tratamiento de las materias queratínicas, tales
como el cabello, caracterizado por consistir en aplicar sobre dichas
materias composiciones cosméticas según la invención.
Según la presente invención, por materias
queratínicas se entiende el cabello, las pestañas, las cejas, la
piel, las uñas, las mucosas o el cuero cabelludo y más
particularmente el cabello.
Otro objeto de la invención se relaciona con la
utilización de un copolímero entrecruzado de ácido
metacrílico/acrilato de alquilo C_{1}-C_{4} en,
o para, la fabricación de una composición cosmética que contiene un
aceite tal como se define a continuación.
Se van a detallar ahora los diferentes objetos
de la invención. El conjunto de significados y definiciones de los
compuestos utilizados en la presente invención que se dan a
continuación son válidos para el conjunto de los objetos de la
invención.
Una de las características esenciales de la
invención es la presencia de un copolímero entrecruzado de ácido
metacrílico y de acrilato de alquilo
C_{1}-C_{4}.
El ácido metacrílico está presente
preferiblemente en cantidades del 20 al 80% en peso y más en
particular del 25 al 70% en peso, y aún más en particular del 35 al
60% en peso, con respecto al peso total del copolímero.
El acrilato de alquilo está presente
preferiblemente en cantidades que van del 15 al 80% en peso y más
en particular del 25 al 75% en peso, y aún más en particular del 40
al 65% en peso, con respecto al peso total del copolímero. Es
especialmente seleccionado entre acrilato de metilo, acrilato de
etilo o acrilato de butilo y más en particular acrilato de
etilo.
Este copolímero está parcial o totalmente
entrecruzado por al menos un agente entrecruzante clásico. Los
agentes entrecruzantes son especialmente compuestos poliinsaturados,
en particular etilénicamente poliinsaturados. Estos compuestos son
especialmente los éteres polialquenílicos de sacarosa o de polioles,
los ftalatos de dialilo, el divinilbenceno, el (met)acrilato
de alilo, el di(met)acrilato de etilenglicol, la
metilenbisacrilamida, el tri(met)acrilato de
trimetilolpropano, el itaconato de dialilo, el fumarato de dialilo,
el maleato de dialilo, el (met)acrilato de zinc y los
derivados de aceite de ricino o de polioles fabricados a partir de
ácidos carboxílicos insaturados.
Como agente entrecruzante, se pueden utilizar
también compuestos monoméricos insaturados y que llevan un grupo
reactivo susceptible de reaccionar con una insaturación para formar
un copolímero entrecruzado.
El contenido en agente entrecruzante varía en
general de un 0,01 a un 5% en peso y preferiblemente de un 0,03 a
un 3% en peso, y aún más en particular de un 0,05 a un 1% en peso
con respecto al peso total del copolímero.
Según una forma particularmente preferida, el
copolímero de la invención puede presentarse especialmente en forma
de dispersión en agua. El tamaño medio numérico de las partículas de
copolímero en la dispersión está generalmen-
te comprendido entre 10 y 500 nm y preferiblemente entre 20 y 200 nm, y más preferiblemente entre 50 y 150 nm.
te comprendido entre 10 y 500 nm y preferiblemente entre 20 y 200 nm, y más preferiblemente entre 50 y 150 nm.
Estos copolímeros están especialmente descritos
en la solicitud WO 01/76552.
Se utilizará más en particular el copolímero de
ácido metacrílico/acrilato de etilo entrecruzado en forma de
dispersión acuosa al 30% fabricado y vendido bajo la denominación
CARBOPOL AQUA SF-1 por la sociedad NOVEON.
La concentración de copolímero está generalmente
comprendida entre el 0,01 y el 20% en peso con respecto al peso
total de la composición y preferiblemente entre el 0,05 y el 15% en
peso.
Los aceites de síntesis son especialmente las
poliolefinas, en particular las
poli-\alpha-olefinas y más en
particular:
- de tipo polibuteno, hidrogenado o no, y
preferiblemente poliisobuteno, hidrogenado o no.
Se utilizan preferiblemente los oligómeros de
isobutileno de peso molecular inferior a 1.000 y sus mezclas con
poliisobutilenos de peso molecular superior a 1.000 y
preferiblemente de 1.000 a 15.000.
A modo de ejemplos de
poli-\alpha-olefinas utilizables
en el marco de la presente invención, se pueden mencionar, más en
particular, los poliisobutenos vendidos bajo la denominación
PERMETHYL 99A, 101 A, 102 A, 104 A (n=16) y 106 A (n=38) por la
Sociedad PRESPERSE Inc., o también los productos vendidos bajo la
denominación ARLAMOL HD (n=3) por la sociedad ICI (representando n
el grado de polimerización);
- de tipo polideceno, hidrogenado o no. Tales
productos son vendidos, por ejemplo, bajo las denominaciones
ETHYLFLO por la sociedad ETHYL CORP. y ARLAMOL PAO por la sociedad
ICI.
Los aceites vegetales son seleccionados
preferiblemente entre el grupo formado por los aceites de aguacate,
de jojoba, de oliva, de albaricoque y los aceites vegetales
transesterificados.
Los ésteres utilizables según la invención son
especialmente seleccionados entre los ésteres de ácidos mono-, di-
y tricarboxílicos alifáticos saturados o insaturados, lineales o
ramificados, C_{3}-C_{14} y de monoalcoholes o
de polioles alifáticos, saturados o insaturados, lineales o
ramificados, C_{1}-C_{16}, siendo el número
total de carbonos inferior o igual a 20.
Entre los ésteres según la invención, se pueden
citar el lactato de cetilo, el lactato de alquilo
C_{12}-C_{15}, el lactato de laurilo, el lactato
de oleílo, los miristatos de alquilo C_{1}-C_{5}
tales como el miristato de isopropilo y de butilo, el laurato de
hexilo, el isononanoato de isononilo y el neopentanoato de
isodecilo.
El o los aceites son utilizados preferiblemente
en una cantidad comprendida entre el 0,001 y el 20% en peso con
respecto al peso total de la composición. Más preferiblemente, esta
cantidad está comprendida entre el 0,05 y el 15% en peso con
respecto al peso total de la composición y aún más preferiblemente
entre el 0,01 y el 10%, por ejemplo entre el 0,1 y el 10% en
peso.
Según un procedimiento preferido de la
invención, la composición contiene además un polímero catiónico o
anfotérico. Los polímeros catiónicos utilizables según la presente
invención pueden ser seleccionados entre todos los ya conocidos
per se como mejoradores de las propiedades cosméticas de los
cabellos, a saber, especialmente, los descritos en la solicitud de
patente EP-A-0.337.354 y en las
solicitudes de patente francesas
FR-A-2.270.846, 2.383.660,
2.598.611, 2.470.596 y 2.519.863.
De forma aún más general, en el sentido de la
presente invención, la expresión "polímero catiónico" designa
todo polímero que contenga grupos catiónicos y/o grupos ionizables
en grupos catiónicos.
Los polímeros catiónicos preferidos son elegidos
entre los que contienen unidades que llevan grupos amina primarios,
secundarios, terciarios y/o cuaternarios, que pueden o bien formar
parte de la cadena principal polimérica, o bien ser portadas por un
substituyente lateral directamente unido a la misma.
Los polímeros catiónicos utilizados tienen
generalmente una masa molar media en número o en peso de 500 a
5.10^{6} aproximadamente y preferiblemente de 10^{3} a
3.10^{6} aproximadamente.
Entre los polímeros catiónicos, se pueden citar
más en particular los polímeros del tipo poliamina, poliaminoamida
y poliamonio cuaternario. Son productos conocidos.
Los polímeros de tipo poliamina, poliamido-
amida y poliamonio cuaternario, utilizables conforme a la presente
invención, que pueden ser especialmente mencionados, son los
descritos en las patentes francesas Nº 2.505.348 ó 2.542.997. Entre
estos polímeros, se pueden citar:
(1) Los homopolímeros o copolímeros derivados de
ésteres o de amidas acrílicas o metacrílicas y que llevan al menos
una de las unidades de las fórmulas siguientes:
\vskip1.000000\baselineskip
donde:
los R_{3}, idénticos o diferentes, representan
un átomo de hidrógeno o un radical CH_{3};
los A, idénticos o diferentes, representan un
grupo alquilo, lineal o ramificado, de 1 a 6 átomos de carbono,
preferiblemente de 2 ó 3 átomos de carbono, o un grupo
hidroxialquilo de 1 a 4 átomos de carbono;
R_{4}, R_{5} y R_{6}, idénticos o
diferentes, representan un grupo alquilo que tiene 1 a 18 átomos de
carbono o un radical bencilo y preferiblemente un grupo alquilo de 1
a 6 átomos de carbono;
R_{1} y R_{2}, idénticos o diferentes,
representan hidrógeno o un grupo alquilo que tiene de 1 a 6 átomos
de carbono y preferiblemente metilo o etilo;
X representa un anión derivado de un ácido
mineral u orgánico, tal como un anión metosulfato o un haluro, tal
como cloruro o bromuro.
Los copolímeros de la familia (1) pueden
contener además una o varias unidades derivadas de comonómeros que
pueden ser seleccionados entre la familia de las acrilamidas,
metacrilamidas, diacetonas acrilamidas, acrilamidas y
metacrilamidas substituidas en el nitrógeno por alquilos inferiores
(C_{1}-C_{4}), ácidos acrílicos o metacrílicos
o sus ésteres, vinillactamas tales como la vinilpirrolidona o la
vinilcaprolactama y ésteres vinílicos.
Así, entre estos copolímeros de la familia (1),
se pueden citar:
- los copolímeros de acrilamida y de metacrilato
de dimetilaminoetilo cuaternizado con sulfato de dimetilo o con un
haluro de dimetilo, tales como el vendido bajo la denominación
HERCOFLOC por la sociedad HERCULES;
- los copolímeros de acrilamida y de cloruro de
metacriloiloxietiltrimetilamonio, descritos, por ejemplo, en la
solicitud de patente EP-A-080.976 y
vendidos bajo la denominación BINA QUAT P 100 por la sociedad CIBA
GEIGY;
- el copolímero de acrilamida y de metosulfato
de metacriloiloxietiltrimetilamonio, vendido bajo la denominación
RETEN por la sociedad HERCULES;
- los copolímeros de vinilpirrolidona/acrilato o
metacrilato de dialquilaminoalquilo cuaternizados o no, tales como
los productos vendidos bajo la denominación "GAFQUAT" por la
sociedad ISP, como, por ejemplo, "GAFQUAT 734" o "GAFQUAT
755", o bien los productos denominados "COPOLYMER 845, 958 y
937". Estos polímeros están descritos con detalle en las
patentes francesas 2.077.143 y 2.393.573;
- los terpolímeros de metacrilato de
dimetilaminoetilo/vinilcaprolactama/vinilpirrolidona, tales como el
producto vendido bajo la denominación GAFFIX VC 713 por la sociedad
ISP;
- los copolímeros de
vinilpirrolidona/metacrilamidopropildimetilamina comercializados
especialmente bajo la denominación STYLEZE CC 10 por ISP, y
- los copolímeros de
vinilpirrolidona/metacrilamida de dimetilaminopropilo cuaternizada,
tales como el producto vendido bajo la denominación "GAFQUAT HS
100" por la sociedad ISP.
(2) Los polisacáridos catiónicos, especialmente
celulosas y gomas de galactomananos catiónicos. Entre los
polisacáridos catiónicos, se pueden citar más en particular los
derivados de éteres de celulosa que llevan grupos amonio
cuaternario, los copolímeros de celulosa catiónicos o los derivados
de celulosa injertados con un monómero hidrosoluble de amonio
cuaternario y las gomas de galactomananos catiónicos.
Los derivados de éteres de celulosa que llevan
grupos amonio cuaternarios descritos en la patente francesa
1.492.597, y en particular los polímeros comercializados bajo las denominaciones "JR" (JR 400, JR 125, JR 30M) o "LR" (LR 400, LR 30M) por la Sociedad NALCO. Estos polímeros están igualmente definidos en el diccionario
CTFA como amonios cuaternarios de hidroxietilcelulosa que han reaccionado con un epóxido substituido por un grupo trimetilamonio.
1.492.597, y en particular los polímeros comercializados bajo las denominaciones "JR" (JR 400, JR 125, JR 30M) o "LR" (LR 400, LR 30M) por la Sociedad NALCO. Estos polímeros están igualmente definidos en el diccionario
CTFA como amonios cuaternarios de hidroxietilcelulosa que han reaccionado con un epóxido substituido por un grupo trimetilamonio.
Los copolímeros de celulosa catiónicos o los
derivados de celulosa injertados con un monómero hidrosoluble de
amonio cuaternario están descritos especialmente en la patente
EE.UU. 4.131.576, tales como las hidroxialquilcelulosas, como las
hidroximetil-, hidroxietil- o hidroxipropilcelulosas injertadas
especialmente con una sal de metacriloiletiltrimetilamonio, de
metacrilamidopropiltrimetilamonio o de dimetildialilamonio.
Los productos comercializados que responden a
esta definición son más particularmente los productos vendidos bajo
la denominación "Celquat L 200" y "Celquat H 100" por la
Sociedad National Starch.
Las gomas de galactomanano catiónicas están
descritas más particularmente en las patentes EE.UU. 3.589.578 y
4.031.307, en particular las gomas de guar que contienen grupos
catiónicos trialquilamonio. Se utilizan, por ejemplo, gomas de guar
modificadas por una sal (por ejemplo, cloruro) de
2,3-epoxipropiltrimetilamonio.
Tales productos están comercializados
especialmente bajo las denominaciones comerciales JAGUAR C13 S,
JAGUAR C 15, JAGUAR C 17 o JAGUAR C162 por la sociedad MEYHALL.
(3) Los polímeros constituidos por unidades de
piperazinilo y radicales divalentes alquileno o hidroxialquileno de
cadenas lineales o ramificadas, eventualmente interrumpidas por
átomos de oxígeno, de azufre o de nitrógeno o por anillos
aromáticos o heterocíclicos, así como los productos de oxidación y/o
cuaternización de estos polímeros. Dichos polímeros están
especialmente descritos en las patentes francesas 2.162.025 y
2.280.361.
(4) Las poliaminoamidas solubles en agua
preparadas, en particular, por policondensación de un compuesto
ácido con una poliamina; estas poliaminoamidas pueden estar
entrecruzadas por una epihalohidrina, un diepóxido, un dianhídrido,
un dianhídrido no saturado, un derivado bisinsaturado, una
bishalohidrina, un bisazetidinio, una bishaloacildiamina, un
bishaluro de alquilo o aún por un oligómero resultante de la
reacción de un compuesto bifuncional reactivo frente a una
bishalohidrina, un bisazetidinio, una bishaloacildiamina, un
bishaluro de alquilo, una epihalohidrina, un diepóxido o un
derivado bisinsaturado, siendo utilizado el agente entrecruzante en
proporciones que van de 0,025 a 0,35 moles por grupo amina de la
poliaminoamida; estas poliaminoamidas pueden estar alquiladas o, si
llevan una o varias funciones amina terciaria, cuaternizadas. Dichos
polímeros están especialmente descritos en las patentes francesas
2.252.840 y 2.368.508.
(5) Los derivados de poliaminoamidas resultantes
de la condensación de polialquilenpoliaminas con ácidos
policarboxílicos, seguida de una alquilación por agentes
bifuncionales. Se pueden citar, por ejemplo, los polímeros de ácido
adípico-dialquilaminohidroxialquil-dialoilentriamina,
donde el radical alquilo tiene de 1 a 4 átomos de carbono y designa
preferiblemente metilo, etilo o propilo. Dichos polímeros están
especialmente descritos en la patente francesa 1.583.363.
Entre estos derivados, se pueden citar más
particularmente los polímeros de ácido
adípico/dimetil-aminohidroxipropilo/dietilentriamina,
vendidos bajo la denominación "Cartaretine F, F4 o F8" por la
sociedad Sandoz.
(6) Los polímeros obtenidos por reacción de una
polialquilenpoliamina que lleva dos grupos amina primaria y al
menos un grupo amina secundaria con un ácido dicarboxílico
seleccionado entre ácido diglicólico y ácidos dicarboxílicos
alifáticos saturados de 3 a 8 átomos de carbono. La razón molar
entre la polialquilenpoliamina y el ácido dicarboxílico está
comprendida entre 0,8:1 y 1,4:1; la poliaminoamida resultante
reacciona con epiclorhidrina en una razón molar de epiclorhidrina
con respecto al grupo amina secundaria de la poliaminoamida de
0,5:1 a 1,8:1. Tales polímeros están especialmente descritos en las
patentes americanas 3.227.615 y 2.961.347.
Polímeros de este tipo están particularmente
comercializados bajo la denominación "Hercosett 57" por la
sociedad Hercules Inc., o bien bajo la denominación "PD 170" o
"Delsette 101" por la sociedad Hercules en el caso del
copolímero de ácido adípico/epoxipropilo/dietilentriamina.
(7) Los ciclopolímeros de alquildialilamina o de
dialquildialilamonio, tales como homopolímeros o copolímeros que
llevan como constituyente principal de la cadena unidades que
responden a las fórmulas (I) o (I’):
fórmulas en las cuales k y t son
iguales 0 ó 1, siendo la suma de k + t igual a 1; R_{12}
representa un átomo de hidrógeno o un radical metilo; R_{10} y
R_{11}, independientemente el uno de otro, representan un grupo
alquilo de 1 a 6 átomos de carbono, un grupo hidroxialquilo donde el
grupo alquilo tiene preferiblemente 1 a 5 átomos de carbono o un
grupo amidoalquilo inferior (C_{1}-C_{4}), o
R_{10} y R_{11} pueden representar junto con el átomo de
nitrógeno al que están unidos grupos heterocíclicos, tales como
piperidinilo o morfolinilo; Y^{-} es un anión tal como bromuro,
cloruro, acetato, borato, citrato, tartrato, bisulfato, bisulfito,
sulfato o fosfato. Estos polímeros están especialmente descritos en
la patente francesa 2.080.759 y en su certificado de adición
2.190.406.
R_{10} y R_{11}, independientemente el uno
del otro, representan preferiblemente un grupo alquilo de 1 a 4
átomos de carbono.
Entre los polímeros definidos con anterioridad,
se pueden citar más en particular el homopolímero de cloruro de
dimetildialilamonio vendido bajo la denominación "MERQUAT 100"
por la sociedad NALCO (y sus homólogos de bajas masas molares
medias en peso) y los copolímeros de cloruro de dialildimetilamonio
y de acrilamida.
(8) Los polímeros de diamonio cuaternario que
contienen unidades recurrentes que responden a la fórmula:
fórmula (II), en la
cual:
R_{13}, R_{14}, R_{15} y R_{16},
idénticos o diferentes, representan radicales alifáticos,
alicíclicos o arilalifáticos de 1 a 20 átomos de carbono o
radicales hidroxialquilalifáticos inferiores, o bien R_{13},
R_{14}, R_{15} y R_{16}, juntos o por separado, constituyen
con los átomos de nitrógeno a los que están unidos heterociclos que
contienen eventualmente un segundo heteroátomo distinto de
nitrógeno, o bien R_{13}, R_{14}, R_{15} y R_{16}
representan un radical alquilo C_{1}-C_{6}
lineal o ramificado substituido por un grupo nitrilo, éster, acilo,
amida o
-CO-O-R_{17}-D o
-CO-NH-R_{17}-D,
donde R_{17} es un alquileno y D un grupo amonio cuaternario;
A_{1} y B_{1} representan grupos
polimetilénicos de 2 a 20 átomos de carbono, que pueden ser lineales
o ramificados, saturados o insaturados, y pueden contener, unidos o
intercalados en la cadena principal, uno o varios anillos
aromáticos, o uno o varios átomos de oxígeno o de azufre o grupos
sulfóxido, sulfona, disulfuro, amino, alquilamino, hidroxilo,
amonio cuaternario, ureido, amida o éster, y
X^{-} representa un anión derivado de un ácido
mineral u orgánico;
A_{1}, R_{13} y R_{15} pueden formar con
los dos átomos de nitrógeno a los que están unidos un anillo
piperazínico; además, si A_{1} representa un radical alquileno o
hidroxialquileno lineal o ramificado, saturado o insaturado,
B_{1} puede igualmente representar un grupo
(CH_{2})_{n}-CO-D-OC-(CH_{2})_{n}-,
donde D representa:
a) un resto de glicol de fórmula
-O-Z-O-, donde Z representa un
radical hidrocarbonado lineal o ramificado o un grupo que responde
a una de las fórmulas siguientes:
-(CH_{2}-CH_{2}-O)_{x}-CH_{2}-CH_{2}-
-[CH_{2}-CH(CH_{3})-O]_{y}-CH_{2}-CH(CH_{3})-
donde x e y designan un número
entero de 1 a 4 que representa un grado de polimerización definido y
único, o un número cualquiera de 1 a 4 que representa un grado de
polimerización
medio;
b) un resto de diamina bissecundaria, tal como
un derivado de piperazina;
c) un resto de diamina bisprimaria de fórmula
-NH-Y-NH-, donde Y representa un
radical hidrocarbonado lineal o ramificado, o el radical bivalente
-CH_{2}-CH_{2}-S-S-CH_{2}-CH_{2}-;
d) un grupo ureileno de fórmula
-NH-CO-NH-.
Preferiblemente, X^{-} es un anión tal como
cloruro o bromuro.
Estos polímeros tienen una masa molar media
numérica generalmente de 1.000 a 100.000.
Se describen polímeros de este tipo
especialmente en las patentes francesas 2.320.330, 2.270.846,
2.316.271, 2.336.434 y 2.413.907 y en las patentes EE.UU.
2.273.780, 2.375.853, 2.388.614, 2.454.547, 3.206.462, 2.261.002,
2.271.378, 3.874.870, 4.001.432, 3.929.990, 3.966.904, 4.005.193,
4.025.617, 4.025.627, 4.025.653, 4.026.945 y 4.027.020.
Se pueden utilizar más en particular los
polímeros constituidos por unidades recurrentes que responden a la
fórmula:
donde R_{1}, R_{2}, R_{3} y
R_{4}, idénticos o diferentes, representan un radical alquilo o
hidroxialquilo de 1 a 4 átomos de carbono aproximadamente, n y p
son números enteros que varían de 2 a 20 aproximadamente y X^{-}
es un anión derivado de un ácido mineral u
orgánico.
Un compuesto de fórmula (a) particularmente
preferido es aquél para el cual R_{1}, R_{2}, R_{3} y R_{4}
representan un radical metilo y n = 3, p = 6 y X = Cl, denominado
cloruro de hexadimetrina según la nomenclatura INCI (CTFA).
(9) Los polímeros de poliamonio cuaternarios
constituidos por unidades de fórmula (III):
fórmula en la
cual:
R_{18}, R_{19}, R_{20} y R_{21},
idénticos o diferentes, representan un átomo de hidrógeno o un
radical metilo, etilo, propilo,
\beta-hidroxietilo,
\beta-hidroxipropilo o
-CH_{2}CH_{2}(OCH_{2}CH_{2})_{p}OH,
donde p es igual a 0 ó a un número entero de 1 a
6, con la condición de que R_{18}, R_{19}, R_{20} y R_{21}
no representen simultáneamente un átomo de hidrógeno;
r y s, idénticos o diferentes, son números
enteros de 1 a 6;
q es igual a 0 ó a un número entero de 1 a
34;
X^{-} representa un anión, tal como un
haluro;
A representa un radical de un dihaluro o
representa preferiblemente
-CH_{2}-CH_{2}-O-CH_{2}-CH_{2}-.
Tales compuestos están especialmente descritos
en la solicitud de patente
EP-A-122.324.
Se pueden citar, por ejemplo, entre éstos, los
productos "Mirapol® A 15", "Mirapol® AD1", "Mirapol®
AZ1" y "Mirapol® 175", vendidos por la sociedad
Miranol.
(10) Los polímeros cuaternarios de
vinilpirrolidona y de vinilimidazol, tales como, por ejemplo, los
productos comercializados bajo las denominaciones Luviquat® FC 905,
FC 550 y FC 370 por la sociedad B.A.S.F.
(11) Las poliaminas, como el Polyquart® H
vendido por COGNIS, referenciado bajo la denominación de
"POLYETHYLENEGLYCOL (15) TALLOW POLYAMINE" en el diccionario CTFA.
"POLYETHYLENEGLYCOL (15) TALLOW POLYAMINE" en el diccionario CTFA.
(12) Los polímeros entrecruzados de sales de
metacriloiloxialquil(C_{1}-C_{4})trialquil(C_{1}-C_{4})amonio,
tales como los polímeros obtenidos por homopolimerización del
dimetilaminoetilmetacrilato cuaternizado por cloruro de metilo, o
por copolimerización de acrilamida con
dimetil-aminoetilmetacrilato cuaternizado por
cloruro de dimetilo, yendo seguida la homo- o la copolimerización de
un entrecruzamiento con un compuesto con insaturación olefínica, en
particular la metilenbisacrilamida. Se puede utilizar, más en
particular, un copolímero entrecruzado de acrilamida/cloruro de
metacriloiloxietiltrimetilamonio (20/80 en peso) en forma de
dispersión con un 50% en peso de dicho copolímero en aceite mineral.
Esta dispersión está comercializada bajo la denominación de
"SALCARE® SC 92" por la Sociedad ALLIED COLLOIDS. Se puede
igualmente utilizar un homopolímero entrecruzado de cloruro de
metacriloiloxietiltrimetilamonio que contiene aproximadamente un 50%
en peso del homopolímero en aceite mineral o en un éster líquido.
Estas dispersiones están comercializadas bajo las denominaciones
"SALCARE® SC 95" y "SALCARE® SC 96" por la Sociedad ALLIED
COLLOIDS.
Otros polímeros catiónicos utilizables en el
marco de la invención son proteínas catiónicas o hidrolizados de
proteínas catiónicas, polialquileniminas, en particular
polietileniminas, polímeros que contienen unidades de vinilpiridina
o vinilpiridinio, condensados de poliaminas y de epiclorhidrina,
poliureilenos cuaternarios y derivados de quitina.
Entre todos los polímeros catiónicos
susceptibles de ser utilizados en el marco de la presente
invención, se prefiere utilizar los derivados de éter de celulosa
cuaternarios, tales como los productos vendidos bajo la
denominación "JR 400" por la Sociedad NALCO; los ciclopolímeros
catiónicos, en particular los homopolímeros o copolímeros de
cloruro de dimetildialilamonio, vendidos bajo las denominaciones
"MERQUAT 100", "MERQUAT 550" y "MERQUAT S" por la
sociedad NALCO; los polímeros cuaternarios de vinilpirrolidona y de
vinilimidazol; los homopolímeros o copolímeros entrecruzados de
sales de
metacriloiloxialquil(C_{1}-C_{4})trialquil(C_{1}-C_{4})amonio
y sus mezclas.
Los polímeros anfotéricos utilizables según la
presente invención pueden ser elegidos entre polímeros que llevan
unidades K y M repartidas estadísticamente en la cadena polimérica,
donde K representa una unidad que deriva de un monómero que lleva
al menos un átomo de nitrógeno básico y M representa una unidad que
deriva de un monómero ácido que lleva uno o varios grupos
carboxílicos o sulfónicos, o bien K y M pueden representar grupos
derivados de monómeros zwitteriónicos de carboxibetaínas o de
sulfobetaínas;
K y M pueden igualmente representar una cadena
polimérica catiónica que lleva grupos amina primaria, secundaria,
terciaria o cuaternaria, donde al menos uno de los grupos amina
lleva un grupo carboxílico o sulfónico unido por medio de un
radical hidrocarbonado, o bien K y M forman parte de una cadena de
un polímero con unidad
etilen-\alpha,\beta-dicarboxílica,
donde uno de los grupos carboxílicos ha reaccionado con una
poliamina que lleva uno o varios grupos amina primaria o
secundaria.
Los polímeros anfotéricos que responden a la
definición dada anteriormente más especialmente preferidos son
seleccionados entre los polímeros siguientes:
(1) Los polímeros resultantes de la
copolimerización de un monómero derivado de un compuesto vinílico
que lleva un grupo carboxílico, tal como, más particularmente,
ácido acrílico, ácido metacrílico, ácido maleico o ácido
alfa-cloracrílico, y de un monómero básico derivado
de un compuesto vinílico substituido que contiene al menos un átomo
básico, tal como, más particularmente, los
dialquilaminoalquilmetacrilato y -acrilato y las
dialquilaminoalquilmetacrilamida y -acrilamida. Tales compuestos
están descritos en la patente americana Nº 3.836.537. Se puede
citar igualmente el copolímero de acrilato de sodio/cloruro de
acrilamidopropiltrimetilamonio, vendido bajo la denominación
POLYQUART KE 3033 por la Sociedad COGNIS.
El compuesto vinílico puede ser igualmente una
sal de dialquildialilamonio, tal como el cloruro de
dimetildialilamonio. Los copolímeros de ácido acrílico y este
último monómero están propuestos bajo las denominaciones MERQUAT
280, MERQUAT 295 y MERQUAT PLUS 3330 por la sociedad NALCO.
(2) Los polímeros que llevan unidades que
derivan:
a) de al menos un monómero seleccionado entre
las acrilamidas o las metacrilamidas substituidas en el nitrógeno
por un radical alquilo,
b) de al menos un comonómero ácido que contiene
uno o varios grupos carboxílicos reactivos y
c) de al menos un comonómero básico, tal como
ésteres con substituyentes amina primaria, secundaria, terciaria y
cuaternaria de los ácido acrílico y metacrílico y el producto de
cuaternización del metacrilato de dimetilaminoetilo con el sulfato
de dimetilo o dietilo.
Las acrilamidas o metacrilamidas
N-substituidas más particularmente preferidas según
la invención son grupos cuyos radicales alquilo tienen de 2 a 12
átomos de carbono y más en particular
N-etilacrilamida,
N-terc-butilacrilamida,
N-terc-octilacrilamida,
N-octilacrilamida, N-decilacrilamida
y N-dodecilacrilamida, así como las correspondientes
metacrilamidas.
Los comonómeros ácidos son seleccionados más
particularmente entre los ácidos acrílico, metacrílico, crotónico,
itacónico, maleico y fumárico, así como los monoésteres de alquilo
de 1 a 4 átomos de carbono de los ácidos o de los anhídridos
maleico o fumárico.
Los comonómeros básicos preferidos son
metacrilatos de aminoetilo, de butilaminoetilo, de
N,N’-dimetilaminoetilo y de
N-terc-butilaminoetilo.
Se utilizan particularmente los copolímeros cuya
denominación CTFA (4ª Ed., 1991) es copolímero de
octilacrilamida/acrilatos/butilaminoetilmetacrilato, tales como los
productos vendidos bajo la denominación AMPHOMER o LOVOCRYL 47 por
la sociedad NATIONAL STARCH.
(3) Las poliaminoamidas entrecruzadas y
alquiladas parcial o totalmente derivadas de poliaminoamidas de
fórmula general:
donde R_{4} representa un radical
divalente derivado de un ácido dicarboxílico saturado, de un ácido
alifático mono- o dicarboxílico con doble enlace etilénico, de un
éster de un alcanol inferior de 1 a 6 átomos de carbono de estos
ácidos o de un radical derivado de la adición de uno cualquiera de
dichos ácidos con una amina bisprimaria o bissecundaria, y Z
representa un radical de una polialquilenpoliamina bisprimaria,
mono- o bissecundaria y preferiblemente
representa:
a) en proporciones de un 60 a un 100% molar, el
radical
donde x=2 y p=2 ó 3, o bien x=3 y
p=2,
derivando este radical de la dietilentriamina,
de la trietilentetraamina o de dipropilentriamina;
b) en proporciones de un 0 a un 40% molar, el
radical (V) anterior, donde x=2 y p=1 y que deriva de la
etilendiamina, o el radical derivado de piperazina:
c) en proporciones de un 0 a un 20%
molar, el radical -NH-(CH_{2})_{6}-NH-
que deriva de la hexametilendiamina, estando estas poliaminoaminas
entrecruzadas por adición de un agente entrecruzante bifuncional
seleccionado entre las epihalohidrinas, los diepóxidos, los
dianhídridos y los derivados bisinsaturados, por medio de 0,025 a
0,35 moles de agente entrecruzante por grupo amina de la
poliaminoamida y alquiladas por la acción del ácido acrílico, del
ácido cloracético o de una alcanosultona o de sus
sales.
Los ácidos carboxílicos saturados son
seleccionados preferiblemente entre ácidos de 6 a 10 átomos de
carbono, tales como ácido adípico,
2,2,4-trimetiladípico y
2,4,4-trimetiladípico, tereftálico y ácidos de doble
unión etilénica como, por ejemplo, los ácidos acrílico, metacrílico
e itacónico.
Las alcanosultonas utilizadas en la alquilación
son preferiblemente la propano- o la butanosultona y las sales de
los agentes de alquilación son preferiblemente sales de sodio o de
potasio.
(4) Los polímeros que llevan unidades
zwitteriónicas de fórmula:
donde R_{5} representa un grupo
insaturado polimerizable, tal como un grupo acrilato, metacrilato,
acrilamida o metacrilamida; y y z representan un número entero de 1
a 3; R_{6} y R_{7} representan un átomo de hidrógeno, metilo,
etilo o propilo; R_{8} y R_{9} representan un átomo de hidrógeno
o un radical alquilo, de tal forma que la suma de los átomos de
carbono en R_{8} y R_{9} no pase de
10.
Los polímeros que contienen tales unidades
pueden igualmente llevar unidades derivadas de monómeros no
zwitteriónicos, tales como acrilato o metacrilato de dimetil- o
dietilaminoetilo, o alquilacrilatos o
-meta-crilatos, acrilamidas o metacrilamidas o
acetato de vinilo.
A modo de ejemplo, se pueden citar el copolímero
de metacrilato de butilo/metacrilato de
dimetilcarboximetilamonioetilo.
(5) Los polímeros derivados del quitosano que
llevan unidades monoméricas que responden a las fórmulas (VII),
(VIII) y (IX) siguientes:
estando presente la unidad (VII) en
proporciones del 0 al 30%, la unidad (VIII) en proporciones del 5 al
50% y la unidad (IX) en proporciones del 30 al 90%, entendiéndose
que, en esta unidad (IX), R_{10} representa un radical de
fórmula:
donde:
si q=0, R_{11}, R_{12} y R_{13}, idénticos
o diferentes, representan cada uno un átomo de hidrógeno, un resto
de metilo, hidroxilo, acetoxi o amino, un resto de monoalquilamina o
un resto de dialquilamina eventualmente interrumpidos por uno o
varios átomos de nitrógeno y/o eventualmente substituidos por uno o
varios grupos amina, hidroxilo, carboxilo, alquiltío, sulfónico o
un resto alquiltío cuyo grupo alquilo lleva un resto amino, siendo
uno al menos de los radicales R_{11}, R_{12} y R_{13} en este
caso un átomo de hidrógeno;
o, si q=1, R_{11}, R_{12} y
R_{13} representan cada uno un átomo de hidrógeno, así como las
sales formadas por estos compuestos con bases o
ácidos.
(6) Los polímeros derivados de la
N-carboxi-alquilación del quitosano,
como el N-carboximetilquitosa-no o
el N-carboxibutilquitosano.
(7) Los polímeros que responden a la fórmula
general (X), tales como los descritos, por ejemplo, en la patente
francesa 1.400.366:
donde R_{14} representa un átomo
de hidrógeno, un radical CH_{3}O, CH_{3}CH_{2}O o fenilo;
R_{15} representa hidrógeno o un radical alquilo inferior, tal
como metilo o etilo; R_{16} representa hidrógeno o un radical
alquilo inferior, tal como metilo o etilo; R_{17} representa un
radical alquilo inferior, tal como metilo o etilo, o un radical que
responde a la fórmula:
-R_{18}-N(R_{16})_{2},
representando R_{18} un grupo
-CH_{2}-CH_{2}-,
-CH_{2}-CH_{2}-CH_{2}- o
-CH_{2}-CH(CH_{3})- y teniendo R_{16}
los significados mencionados anteriormente, así como los homólogos
superiores de estos radicales y que contienen hasta 6 átomos de
carbono.
(8) Polímeros anfotéricos de tipo
-D-X-D-X-,
seleccionados entre:
a) los polímeros obtenidos por acción de ácido
cloracético o del cloracetato de sodio sobre compuestos que llevan
al menos una unidad de fórmula:
\vskip1.000000\baselineskip
(XI)-D-X-D-X-D-
donde D representa un
radical
\newpage
y X representa el símbolo E o E’; E
y E’, idénticos o diferentes, representan un radical bivalente, que
es un radical alquileno de cadena lineal o ramificada de hasta 7
átomos de carbono en la cadena principal, no substituida o
substituida por grupos hidroxilo, y que puede llevar además átomos
de oxígeno, nitrógeno o azufre y de 1 a 3 anillos aromáticos y/o
heterocíclicos, estando presentes los átomos de oxígeno, nitrógeno y
azufre en forma de grupos éter, tioéter, sulfóxido, sulfona,
sulfonio, alquilamina, alquenilamina, grupos hidroxilo,
bencilamina, óxido de amina, amonio cuaternario, amida, imida,
alcohol, éster y/o
uretano;
b) los polímeros de fórmula
(XII)-D-X-D-X-
donde D representa un
radical
y X representa el símbolo E o E’ y
al menos una vez E’, teniendo E el significado indicado
anteriormente y siendo E’ un radical bivalente, que es un radical
alquileno de cadena lineal o ramificada de hasta 7 átomos de
carbono en la cadena principal, substituido o no por uno o varios
grupos hidroxilo y que lleva uno o varios átomos de nitrógeno,
estando substituido el átomo de nitrógeno por una cadena de alquilo
interrumpida eventualmente por un átomo de oxígeno y que lleva
obligatoriamente una o varias funciones carboxilo o una o varias
funciones hidroxilo y betainizadas por reacción con ácido
cloracético o cloracetato de
sodio.
(9) Los copolímeros de
alquil(C_{1}-C_{5}) vinil éter/anhídrido
maleico modificado parcialmente por semi-amidación
con una N,N-dialquilaminoalquilamina, tal como la
N,N-dimetilaminopropilamina, o por
semiesterificación con una N,N-dialcanolamina.
Estos copolímeros pueden también llevar otros comonómeros vinílicos,
tales como la vinilcaprolactama.
Los polímeros anfotéricos particularmente
preferidos según la invención son los de la familia (1).
Según la invención, el o los polímeros
catiónicos o anfotéricos pueden representar de un 0,001% a un 20%
en peso, preferiblemente de un 0,01% a un 10% en peso y más
particularmente de un 0,1 a un 5% en peso con respecto al peso
total de la composición final.
Las composiciones de la invención contienen
además ventajosamente al menos un agente tensioactivo, que está
generalmente presente en una cantidad de entre un 0,01% y un 50% en
peso aproximadamente, preferiblemente de entre un 0,1% y un 40% y
aún más preferiblemente de entre un 0,5% y un 30%, con respecto al
peso total de la composición.
Este agente tensioactivo puede ser elegido entre
los agentes tensioactivos aniónicos, anfotéricos, no iónicos,
catiónicos o sus mezclas.
Los tensioactivos que convienen a la práctica de
la presente invención son especialmente los siguientes:
Su naturaleza no reviste, dentro del marco de la
presente invención, un carácter verdaderamente crítico.
Así, a modo de ejemplo de tensioactivos
aniónicos utilizables, solos o en mezclas, en el marco de la
presente invención, se pueden citar especialmente (lista no
limitativa) las sales (en particular, sales de metales alcalinos,
especialmente de sodio, sales de amonio, sales de aminas, sales de
aminoalcoholes o sales de magnesio) de los compuestos siguientes:
alquilsulfatos, alquil éter sulfatos, alquilamido éter sulfatos,
alquilaril poliéter sulfatos, monoglicérido sulfatos;
alquilsulfonatos, alquilfosfatos, alquilamidasulfonatos,
alquilarilsulfonatos, \alpha-olefinasulfonatos,
parafinasulfonatos; alquilsulfosuccinatos, alquil éter
sulfosuccinatos, alquilamidasulfosuccinatos,
alquilsulfosuccinamatos; alquilsulfoacetatos; alquil éter fosfatos;
acilsarcosinatos; acilisetionatos y N-aciltauratos,
teniendo el radical alquilo o acilo de todos estos diferentes
compuestos preferiblemente de 8 a 24 átomos de carbono y
representando el radical arilo preferiblemente un grupo fenilo o
bencilo. Entre los tensioactivos aniónicos aún utilizables, se
pueden citar igualmente las sales de ácidos grasos, tales como las
sales de los ácidos oleico, ricinoleico, palmítico, esteárico,
ácidos de aceite de copra o de aceite de copra hidrogenado, y los
acillactilatos, cuyo radical acilo tiene de 8 a 20 átomos de
carbono. Se pueden también utilizar tensioactivos débilmente
aniónicos, como los ácidos de
alquil-D-galactósido urónicos y sus
sales, así como los ácidos
alquil(C_{6}-C_{24}) éter carboxílicos
polioxialquilenados, los ácidos
alquil(C_{6}-C_{24}) aril éter
carboxílicos polioxialquilenados, los ácidos
alquil(C_{6}-C_{24}) amido éter
carboxílicos polioxialquilenados y sus sales, en particular los que
tienen de 2 a 50 grupos óxido de etileno, y sus mezclas.
Entre los tensioactivos aniónicos, se prefiere
utilizar según la invención las sales de alquilsulfatos y de alquil
éter sulfatos y sus mezclas.
Los agentes tensioactivos no iónicos son,
también ellos, compuestos bien conocidos per se (véase
especialmente en este contexto "Handbook of Surfactants", de
M.R. PORTER, ediciones Blackie & Son (Glasgow and London),
1991, pp. 116-178) y su naturaleza no reviste,
dentro del marco de la presente invención, un carácter crítico.
Así, pueden ser especialmente elegidos entre (lista no limitativa)
alcoholes, alfa-dioles, alquilfenoles o ácidos
grasos polietoxilados, polipropoxilados o poliglicerolados, con una
cadena grasa de, por ejemplo, 8 a 18 átomos de carbono, pudiendo ir
especialmente el número de grupos óxido de etileno u óxido de
propileno de 2 a 50 y pudiendo ir especialmente el número de grupos
glicerol de 2 a 30. También se pueden citar los copolímeros de
óxido de etileno y de propileno, los condensados de óxido de etileno
y de propileno sobre alcoholes grasos, las amidas grasas
polietoxiladas preferiblemente con 2 a 30 moles de óxido de etileno,
las amidas grasas poligliceroladas con una media de 1 a 5 grupos
glicerol y en particular de 1,5 a 4, las aminas grasas
polietoxiladas preferiblemente con 2 a 30 moles de óxido de etileno,
los ésteres de ácidos grasos del sorbitán oxietilenados con 2 a 30
moles de óxido de etileno, los ésteres de ácidos grasos de la
sacarosa, los ésteres de ácidos grasos del polietilenglicol, los
alquilpoliglicósidos, los derivados de
N-alquil-glucamina, los óxidos de
aminas tales como los óxidos de
alquil(C_{10}-C_{14})aminas o los
óxidos de
N-acilaminopropil-morfolina. Se
observará que los alquilpoliglicósidos constituyen tensioactivos no
iónicos que se adaptan particularmente bien al marco de la presente
invención.
Los agentes tensioactivos anfotéricos, cuya
naturaleza no reviste, en el marco de la presente invención, un
carácter crítico, pueden ser especialmente (lista no limitativa)
derivados de aminas secundarias o terciarias alifáticas, donde el
radical alifático es una cadena lineal o ramificada de 8 a 22 átomos
de carbono y que contienen al menos un grupo aniónico
hidrosolubilizante (por ejemplo, carboxilato, sulfonato, sulfato,
fosfato o fosfonato); se pueden citar aún las
alquil(C_{8}-C_{20})betaínas, las
sulfobetaínas, las
alquil(C_{8}-C_{20})amidoal-quil(C_{1}-C_{6})betaínas
o las
alquil(C_{8}-C_{20})amidoalquil(C_{1}-C_{6})-sulfobetaínas.
Entre las
alquil(C_{8}-C_{20})amidoalquil(C_{1}-C_{6})be-taínas,
se puede citar la cocoamidopropilbetaína, vendida especialmente por
GOLDSCHMIDT bajo el nombre TEGOBETAINE F50.
Entre los derivados de aminas, se pueden citar
los productos comercializados bajo la denominación MIRANOL, tales
como los descritos en las patentes US-2.528.378 y
US-2.781.354 y de estructuras:
(2)R_{2}-CONHCH_{2}CH_{2}-N(R_{3})(R_{4})(CH_{2}COO-)
donde: R_{2} representa un
radical alquilo derivado de un ácido R_{2}-COOH
presente en el aceite de copra hidrolizado o un radical heptilo,
nonilo o undecilo; R_{3} representa un grupo
beta-hidroxietilo, y R_{4} un grupo
carboximetilo,
y
(3)R_{5}-CONHCH_{2}CH_{2}-N(B)(C)
donde:
B representa -CH_{2}CH_{2}OX’;
C representa
-(CH_{2})_{z}-Y’, siendo z =1 ó 2;
X’ representa el grupo
-CH_{2}CH_{2}-COOH o un átomo de hidrógeno;
Y’ representa -COOH o el radical
-CH_{2}-CHOH-SO_{3}H;
R_{5} representa un radical alquilo de un
ácido R_{9}-COOH presente en el aceite de copra o
en el aceite de lino hidrolizado, un radical alquilo, especialmente
C_{7}, C_{9}, C_{11} o C_{13}, un radical alquilo C_{17}
y su forma iso o un radical C_{17} insaturado.
Estos compuestos están clasificados en el
diccionario CTFA, 5ª edición, 1993, bajo las denominaciones
Disodium Cocoamphodiacetate, Disodium Lauroamphodiacetate, Disodium
Caprylamphodiacetate, Disodium Capryloamphodiacetate, Disodium
Cocoamphodipropionate, Disodium Lauroamphodipropionate, Disodium
Caprylamphodipropionate, Disodium Capryloamphodipropionate,
Lauroamphodipropionic Acid y Cocoamphodipropionic Acid.
A título de ejemplo, se pueden citar el
cocoanfodiacetato comercializado bajo la denominación comercial
MIRANOL C2M concentrado por la sociedad RHODIA CHIMIE.
(iv) Los tensioactivos catiónicos pueden ser
seleccionados entre:
A) las sales de amonio cuaternarias de la
fórmula general (XIII) siguiente:
donde X es un anión seleccionado
entre el grupo de los haluros (cloruro, bromuro o yoduro) o
alquil(C_{2}-C_{6})sulfatos, más
particularmente metilsulfato, de los fosfatos, de los alquil- o
alquilarilsulfonatos o de los aniones derivados de un ácido
orgánico, tales como el acetato o el lactato,
y
a) los radicales R_{1} a R_{3}, que pueden
ser idénticos o diferentes, representan un radial alifático, lineal
o ramificado, de 1 a 4 átomos de carbono, o un radical aromático,
tal como arilo o alquilarilo. Los radicales alifáticos pueden
llevar heteroátomos, tales como especialmente oxígeno, nitrógeno,
azufre y halógenos. Los radicales alifáticos son, por ejemplo,
seleccionados entre los radicales alquilo, alcoxi y alquilamida;
R_{4} representa un radical alquilo lineal o
ramificado de 16 a 30 átomos de carbono.
Preferiblemente, el tensioactivo catiónico es
una sal (por ejemplo, cloruro) de beheniltrimetilamonio.
b) los radicales R_{1} y R_{2}, que pueden
ser idénticos o diferentes, representan un radical alifático lineal
o ramificado de 1 a 4 átomos de carbono o un radical aromático, tal
como arilo o alquilarilo. Los radicales alifáticos pueden llevar
heteroátomos, tales como especialmente oxígeno, nitrógeno, azufre y
halógenos. Los radicales alifáticos son, por ejemplo, seleccionados
entre los radicales alquilo, alcoxi, alquilamida e hidroxialquilo,
que tienen aproximadamente de 1 a 4 átomos de carbono;
R_{3} y R_{4}, idénticos o diferentes,
representan un radical alquilo lineal o ramificado de 12 a 30 átomos
de carbono, cuyo radical tiene al menos una función éster o
amida.
R_{3} y R_{4} son especialmente
seleccionados entre los radicales
alquil(C_{12}-C_{22})amidoalquilo(C_{2}-C_{6})
y
alquil(C_{12}-C_{22})acetato.
Preferiblemente, el tensioactivo catiónico es
una sal (por ejemplo, cloruro) de
estearamidopropildimetil(miristilacetato)amonio.
B) las sales de amonio cuaternario de
imidazolinio, como, por ejemplo, la de la fórmula (XIV)
siguiente:
\vskip1.000000\baselineskip
donde R_{5} representa un radical
alquenilo o alquilo de 8 a 30 átomos de carbono, por ejemplo
derivado de los ácidos grasos del sebo; R_{6} representa un átomo
de hidrógeno, un radical alquilo C_{1}-C_{4} o
un radical alquenilo o alquilo de 8 a 30 átomos de carbono; R_{7}
representa un radical alquilo C_{1}-C_{4};
R_{8} representa un átomo de hidrógeno o un radical alquilo
C_{1}-C_{4}; X es un anión seleccionado entre
el grupo de los haluros, fosfatos, acetatos, lactatos,
alquilsulfatos y alquil- o alquilarilsulfonatos. Preferiblemente,
R_{5} y R_{6} representan una mezcla de radicales alquenilo o
alquilo de 12 a 21 átomos de carbono, por ejemplo derivados de los
ácidos grasos del sebo; R_{7} representa metilo, y R_{8}
representa hidrógeno. Un producto de este tipo es, por ejemplo, el
Quaternium-27 (CTFA 1997) o el
Quaternium-83 (CTFA 1997), comercializados bajo las
denominaciones "REWOQUAT" W 75, W90, W75PG y W75HPG por la
sociedad
WITCO.
C) las sales de diamonio cuaternario de fórmula
(XV):
donde R_{9} representa un radical
alifático de aproximadamente 16 a 30 átomos de carbono; R_{10},
R_{11}, R_{12}, R_{13} y R_{14}, idénticos o diferentes,
son seleccionados entre hidrógeno o un radical alquilo de 1 a 4
átomos de carbono, y X es un anión seleccionado entre el grupo de
los haluros, acetatos, fosfatos, nitratos y metilsulfatos. Tales
sales de diamonio cuaternario incluyen especialmente el dicloruro de
propanosebodiamonio.
D) las sales de amonio cuaternario que contienen
al menos una función éster de la fórmula (XVI) siguiente:
\vskip1.000000\baselineskip
donde:
- R_{15} es seleccionado entre radicales
alquilo C_{1}-C_{6} y radicales hidroxialquilo o
dihidroxialquilo C_{1}-C_{6};
- R_{16} es seleccionado entre:
- -
- el
radical R_{19}-
\uelm{C}{\uelm{\dpara}{O}}
-;
- -
- los radicales R_{20} hidrocarbonados C_{1}-C_{22} lineales o ramificados, saturados o insaturados, y
- -
- un átomo de hidrógeno;
- R_{18} es seleccionado entre:
- -
- el
radical R_{21}-
\uelm{C}{\uelm{\dpara}{O}}
-;
- -
- los radicales R_{22} hidrocarbonados C_{1}-C_{6} lineales o ramificados, saturados o insaturados;
- -
- un átomo de hidrógeno;
- R_{17}, R_{19} y R_{21}, idénticos o
diferentes, son seleccionados entre radicales hidrocarbonados
C_{7}-C_{21}, lineales o ramificados, saturados
o insaturados;
- n, p y r, idénticos o diferentes, son números
enteros con un valor de 2 a 6;
- y es un número entero con un valor de 1 a
10;
- x y z, idénticos o diferentes, son números
enteros con un valor de 0 a 10;
- X^{-} es un anión simple o complejo,
orgánico o inorgánico;
con la condición de que la suma x +
y + z tenga un valor de 1 a 15, de que, cuando x sea 0, entonces
R_{16} represente R_{20} y que, cuando z sea 0, entonces
R_{18} represente
R_{22}.
Se utilizan más particularmente las sales de
amonio de fórmula (XVI) donde:
- R_{15} representa un radical metilo o
etilo;
- x e y son iguales a 1;
- z es igual a 0 ó 1;
- n, p y r son iguales a 2;
- R_{16} es seleccionado entre:
- -
- el
radical R_{19}-
\uelm{C}{\uelm{\dpara}{O}}
-;
- -
- los radicales metilo, etilo o hidrocarbonados C_{14}-C_{22};
- -
- un átomo de hidrógeno;
- R_{17}, R_{19} y R_{21}, idénticos o
diferentes, son seleccionados entre radicales hidrocarbonados
C_{7}-C_{21}, lineales o ramificados, saturados
o insaturados;
- R_{18} es seleccionado entre:
- -
- el
radical R_{21}-
\uelm{C}{\uelm{\dpara}{O}}
-;
- -
- un átomo de hidrógeno;
Tales compuestos están, por ejemplo,
comercializados bajo las denominaciones DEHYQUART por la sociedad
COGNIS, STEPANQUAT por la sociedad STEPAN, NOXAMIUM por la sociedad
CECA y REWOQUAT WE 18 por la sociedad
REWO-WITCO.
Entre las sales de amonio cuaternario, se
prefiere el cloruro de beheniltrimetilamonio o también el cloruro
de estearamidopropildimetil(miristilacetato)amonio,
comercializado bajo la denominación "CERAPHYL 70" por la
sociedad VAN DYK, y el Quaternium-27 o el
Quaternium-83, comercializados por la sociedad
WITCO.
En las composiciones conforme a la invención, se
pueden utilizar mezclas de agentes tensioactivos y en particular
mezclas de agentes tensioactivos aniónicos, mezclas de agentes
tensioactivos aniónicos y de agentes tensioactivos anfotéricos,
catiónicos o no iónicos y mezclas de agentes tensioactivos
catiónicos con agentes tensioactivos no iónicos o anfotéricos. Una
mezcla particularmente preferida es una mezcla constituida por al
menos un agente tensioactivo aniónico y al menos un agente
tensioactivo anfotérico.
El o los agentes tensioactivos están
generalmente presentes en una concentración del 0,01% al 50% en
peso, preferiblemente del 0,1% al 40%, más preferiblemente del 0,5%
al 30% en peso, con respecto al peso total de la composición.
La composición de la invención puede también
contener al menos un aditivo seleccionado entre espesantes,
perfumes, agentes nacarantes, conservantes, filtros solares
siliconados o no, polímeros aniónicos o no iónicos, proteínas no
catiónicas, hidrolizados de proteínas no catiónicas, ácido
18-metileicosanoico, hidroxiácidos, vitaminas,
provitaminas tales como el pantenol, siliconas, agentes antipelícula
o antiseborreicos, electrolitos, proteínas, hidrolizados de
proteínas, aceites fluorados o perfluorados, siliconas, ceras
naturales o sintéticas, compuestos de tipo ceramida, aminas grasas,
ácidos grasos y sus derivados, alcoholes grasos y sus derivados,
así como las mezclas de estos diferentes compuestos y cualquier otro
aditivo clásicamente utilizado en el ámbito cosmético que no afecte
a las propiedades de las composiciones según la invención.
Las composiciones según la invención pueden
también contener hasta un 5% de agentes nacarantes u opacificantes
bien conocidos en el estado de la técnica, tales como, por ejemplo,
los palmitatos de sodio o de magnesio, los estearatos e
hidroxiestearatos de sodio o de magnesio, los derivados acilados de
cadena grasa, tales como los monoestearatos o diestearatos de
etilenglicol o de polietilenglicol, los éteres de cadenas grasas
especialmente C_{10}-C_{30}, tales como, por
ejemplo, el éter diestearílico o el
1-(hexadeciloxi)-2-octadecanol, los
alcoholes grasos, en particular los alcoholes estearílico, cetílico
y behenílico, y sus mezclas.
Estos aditivos están eventualmente presentes en
la composición según la invención en proporciones que pueden ir
desde el 0,001 hasta el 20% en peso con respecto al peso total de la
composición. La cantidad precisa de cada aditivo es fácilmente
determinada por el experto según su naturaleza y su función.
El medio fisiológica y en especial
cosméticamente aceptable puede estar constituido únicamente por
agua o por una mezcla de agua y de un solvente cosméticamente
aceptable, tal como un alcohol inferior
C_{1}-C_{4}, como etanol, isopropanol,
terc-butanol o n-butanol;
alquilenglicoles, como el propilenglicol, y éteres de glicoles.
Preferiblemente, la composición contiene de un
50 a un 95% en peso de agua con respecto al peso total de la
composición y más particularmente de un 60 a un 90% en peso.
Las composiciones según la invención presentan
un pH final generalmente comprendido entre 3 y 10. Preferiblemente,
este pH está comprendido entre 4 y 8. El ajuste del pH al valor
deseado puede hacerse de forma clásica por adición de una base
(orgánica o mineral) a la composición, por ejemplo amoníaco o una
(poli)amina primaria, secundaria o terciaria, como la
monoetanolamina, la dietanolamina, la trietanolamina, la
isopropanolamina o la 1,3-propanodiamina, o también
por adición de un ácido mineral u orgánico, preferiblemente un ácido
carboxílico, tal como, por ejemplo, el ácido cítrico.
Las composiciones según la invención pueden ser
más particularmente utilizadas para el lavado o el tratamiento de
las materias queratínicas tales como los cabellos, la piel, las
pestañas, las cejas, las uñas, los labios, el cuero cabelludo y más
particularmente los cabellos.
Las composiciones según la invención pueden ser
composiciones detergentes, tales como champúes, geles de ducha y
espumas de baño. En este modo de realización de la invención, las
composiciones incluyen al menos una base de lavado, generalmente
acuosa.
El o los tensioactivos que constituyen la base
de lavado pueden ser indistintamente elegidos, solos o en mezclas,
en el seno de los tensioactivos aniónicos, anfotéricos, no iónicos y
catiónicos, tales como los antes definidos. La base de lavado
contiene al menos un tensioactivo detergente.
En las composiciones según la invención, se
utiliza preferiblemente al menos uno o varios tensioactivos
aniónicos o mezclas de al menos uno o varios tensioactivos
aniónicos y al menos uno o varios tensioactivos anfotéricos o de al
menos uno o varios tensioactivos no iónicos.
Una mezcla particularmente preferida es una
mezcla constituida por al menos un agente tensioactivo aniónico y
al menos un agente tensioactivo anfotérico.
Se utiliza preferiblemente un agente
tensioactivo aniónico seleccionado entre los
alquil(C_{12}-C_{14})sulfatos de
sodio, de trietanolamina o de amonio; los
alquil(C_{12}-C_{14}) éter sulfatos de
sodio, de trietanolamina o de amonio oxietilenados con 2,2 moles de
óxido de etileno; el cocoilisetionato de sodio, y el
alfa-olefina(C_{14}-C_{16})sulfonato
de sodio, y sus mezclas con:
- o bien un agente tensioactivo anfotérico, tal
como los derivados de amina denominados cocoanfodipropionato
disódico o cocoanfopropionato de sodio, comercializados
especialmente por la sociedad RHODIA CHIMIE bajo la denominación
comercial "MIRANOL C2M CONC", en solución acuosa al 38% de
materia activa, o bajo la denominación MIRANOL C32;
- o bien un agente tensioactivo anfotérico de
tipo zwitteriónico, tal como las alquilbetaínas o las
alquilamidobetainas y en particular la cocobetaína, comercializada
bajo la denominación "DEHYTON AB 30", en solución acuosa al
32% de MA, por la sociedad COGNIS.
Se utiliza preferiblemente un agente
tensioactivo aniónico seleccionado entre los
alquil(C_{12}-C_{14})sulfatos de
sodio, de trietanolamina o de amonio; los
alquil(C_{12}-C_{14}) éter sulfatos de
sodio, de trietanolamina o de amonio oxietilenados con 2,2 moles de
óxido de etileno; el cocoilisetionato de sodio, y el
alfa-olefi-na(C_{14}-C_{16})sulfonato
de sodio, y sus mezclas con:
- o bien un agente tensioactivo anfotérico, tal
como los derivados de amina denominados cocoanfodipropionato
disódico o cocoanfopropionato de sodio, comercializados
especialmente por la sociedad RHODIA CHIMIE bajo la denominación
comercial "MIRANOL C2M CONC", en solución acuosa al 38% de
materia activa, o bajo la denominación MIRANOL C32;
- o bien un agente tensioactivo anfotérico de
tipo zwitteriónico, tal como las alquilbetaínas, en particular la
cocobetaína, comercializada bajo la denominación "DEHYTON AB
30", en solución acuosa al 32% de MA, por la sociedad COGNIS, y
la cocoamidopropilbetaína, vendida especialmente por GOLDSCHMIDT
bajo la denominación TEGOBETAINE F50.
La cantidad y la calidad de la base de lavado
son las suficientes para conferir a la composición final un poder
espumante y/o detergente satisfactorio.
Estas composiciones detergentes son
preferiblemente espumantes y el poder espumante de las composiciones
según la invención, caracterizado por una altura de espuma, es
generalmente superior a 75 mm, preferiblemente superior a 100 mm,
medida según el método ROSS-MILES (NF T
73-404/ISO696) modificado.
Las modificaciones del método son las
siguientes:
Se hace la medición a una temperatura de 22ºC
con agua osmotizada. La concentración de la solución es de 2 g/l.
La altura de la caída es de 1 m. La cantidad de composición que cae
es de 200 ml. Estos 200 ml de composición caen en una probeta que
tiene un diámetro de 50 mm y que contiene 50 ml de la composición
que ha de ser estudiada. Se hace la medición 5 minutos después de
detener el vertido de la composición.
Así, según la invención, la base de lavado puede
representar de un 3% a un 505 en peso, preferiblemente de un 6% a
un 35% en peso y aún más preferiblemente de un 8% a un 25% en peso
con respecto al peso total de la composi-
ción.
ción.
La invención tiene aún por objeto un
procedimiento de tratamiento de materias queratínicas, tales como
la piel o los cabellos, caracterizado por consistir en aplicar sobre
las materias queratínicas una composición cosmética tal como la
definida anteriormente y en efectuar luego eventualmente un aclarado
con agua.
Así, este procedimiento según la invención
permite el mantenimiento del peinado, el tratamiento, el cuidado o
el lavado o el desmaquillaje de la piel, de los cabellos o de
cualquier otra materia queratínica.
Las composiciones de la invención pueden también
presentarse en forma de post-champú con aclarado o
sin él, de composiciones para permanente, desrizado, coloración o
decoloración, o también en forma de composiciones con aclarado,
para aplicar antes o después de una coloración, una decoloración,
una permanente o un desrizado, o también entre las dos etapas de
una permanente o de un desrizado.
Cuando la composición se presenta en forma de un
post-champú eventualmente con aclarado, contiene
ventajosamente al menos un tensioactivo catiónico, con una
concentración generalmente comprendida entre el 0,1 y el 10% en
peso y preferiblemente entre el 0,5 y el 5% en peso con respecto al
peso total de la composición.
Las composiciones de la invención pueden también
presentarse en forma de composiciones para el lavado de la piel y
en particular en forma de soluciones o de geles para baño o ducha o
de productos desmaquilladores.
Las composiciones según la invención pueden
igualmente presentarse en forma de lociones acuosas o
hidroalcohólicas para el cuidado de la piel y/o de los cabellos.
Las composiciones cosméticas según la invención
pueden presentarse en forma de gel, de leche, de crema, de
emulsión, de loción espesada o de espuma y ser utilizadas para la
piel, las uñas, las pestañas, los labios y más en particular el
cabello.
Las composiciones pueden ser acondicionadas bajo
formas diversas, especialmente en vaporizadores, frascos bomba o
recipientes aerosol, con el fin de asegurar una aplicación de la
composición en forma vaporizada o en forma de espuma. Dichas formas
de acondicionamiento están indicadas, por ejemplo, cuando se desea
obtener un spray, una laca o una espuma para el tratamiento de las
materias queratínicas, en particular del cabello.
En todo lo que sigue o lo que antecede, los
porcentajes expresados están en peso.
La invención va a ser ahora ilustrada más
completamente con la ayuda de los ejemplos siguientes, que no
deberían ser considerados como limitantes de la misma a los modos de
realización descritos. En los ejemplos, MA significa materia
activa.
\newpage
Se preparó un champú según la invención de la
siguiente composición:
La composición es estable. Los cabellos mojados
no están cargados y está facilitada su puesta en forma.
Claims (35)
1. Composición cosmética, caracterizada
por contener, en un medio cosméticamente aceptable, al menos un
copolímero entrecruzado de ácido metacrílico y de acrilato de
alquilo C_{1}-C_{4} y al menos un aceite
seleccionado entre los aceites sintéticos, los ésteres de ácidos
grasos C_{3}-C_{14} y que contienen en total
menos de 20 átomos de carbono, los aceites vegetales que tienen un
contenido en ácido palmitoleico superior o igual al 0,2% en peso
del aceite.
2. Composición según la reivindicación 1,
caracterizada por el hecho de que, en dicho copolímero, el
ácido metacrílico está presente en cantidades que van del 20 al 80%
en peso y más particularmente del 25 al 70% en peso y aún más en
particular del 35 al 60% en peso con respecto al peso total del
copolímero.
3. Composición según la reivindicación 1 ó 2,
caracterizada por el hecho de que, en dicho copolímero, el
acrilato de alquilo está presente en cantidades que van del 15 al
80% en peso y más particularmente del 25 al 75% en peso y aún más
en particular del 40 al 65% en peso con respecto al peso total del
copolímero.
4. Composición según una cualquiera de las
reivindicaciones 1 a 3, caracterizada por el hecho de que, en
dicho copolímero, el acrilato de alquilo es seleccionado entre el
acrilato de metilo, el acrilato de etilo o el acrilato de
butilo.
5. Composición según la reivindicación 4,
caracterizada por el hecho de que el acrilato de alquilo es
el acrilato de etilo.
6. Composición según una cualquiera de las
reivindicaciones 1 a 5, donde el copolímero de ácido metacrílico y
de acrilato de alquilo C_{1}-C_{4} está
entrecruzado por al menos un agente entrecruzante etilénicamente
poliinsaturado.
7. Composición según la reivindicación 6,
caracterizada por variar el contenido en agente entrecruzante
del 0,01 al 5% en peso y preferiblemente del 0,03 al 3% en peso y
aún más en particular del 0,05 al 1% en peso con respecto al peso
total del copolímero.
8. Composición según una cualquiera de las
reivindicaciones 1 a 7, caracterizada por estar el copolímero
de ácido metacrílico y de acrilato de alquilo
C_{1}-C_{4} en forma de dispersión de partículas
en agua.
9. Composición según la reivindicación 8,
caracterizada por variar el tamaño medio numérico de las
partículas de copolímero en la dispersión de 10 a 500 nm y
preferiblemente de 20 a 200 nm y más preferiblemente de 50 a 150
nm.
10. Composición según una cualquiera de las
reivindicaciones 1 a 9, caracterizada por seleccionar los
aceites de síntesis entre las poliolefinas, en particular las
poli-\alpha-olefinas.
11. Composición según la reivindicación 10,
caracterizada por ser las
poli-\alpha-olefinas:
- de tipo polibuteno, hidrogenado o no, y
preferiblemente poliisobuteno, hidrogenado o no,
- de tipo polideceno, hidrogenado o no.
12. Composición según una cualquiera de las
reivindicaciones 1 a 9, caracterizada por seleccionar los
aceites vegetales entre el grupo formado por los aceites de
aguacate, de jojoba, de oliva, de albaricoque y los aceites
vegetales transesterificados.
13. Composición según una cualquiera de las
reivindicaciones 1 a 9, caracterizada por seleccionar dichos
ésteres entre los ésteres de ácidos mono-, di- y tricarboxílicos
alifáticos saturados o insaturados, lineales o ramificados,
C_{3}-C_{14} y de monoalcoholes o de polioles
alifáticos, saturados o insaturados, lineales o ramificados,
C_{1}-C_{16}, siendo el número total de carbonos
inferior o igual a 20.
14. Composición según la reivindicación 13,
caracterizada por seleccionar dichos ésteres entre el lactato
de cetilo, el lactato de alquilo C_{12}-C_{15},
el lactato de laurilo, el lactato de oleílo, los miristatos de
alquilo C1-C5 tales como el miristato de isopropilo
o de butilo, el laurato de hexilo, el isononanoato de isononilo y
el neopentanoato de isodecilo.
15. Composición según una cualquiera de las
reivindicaciones precedentes, caracterizada por incluir un
polímero catiónico o anfotérico.
16. Composición según la reivindicación 15,
caracterizada por seleccionar los polímeros catiónicos entre
los que contienen unidades que llevan grupos amina primarios,
secundarios, terciarios y/o cuaternarios que pueden o bien formar
parte de la cadena principal polimérica, o bien ser llevados por un
substituyente lateral directamente unido a ésta.
17. Composición según una cualquiera de las
reivindicaciones precedentes, caracterizada por seleccionar
dicho polímero catiónico entre:
(1) Los homopolímeros o copolímeros derivados de
ésteres o de amidas acrílicas o metacrílicas y que llevan al menos
una de las unidades de las fórmulas siguientes:
donde:
los R_{3}, idénticos o diferentes, representan
un átomo de hidrógeno o un radical CH_{3};
los A, idénticos o diferentes, representan un
grupo alquilo, lineal o ramificado, de 1 a 6 átomos de carbono o un
grupo hidroxialquilo de 1 a 4 átomos de carbono;
R_{4}, R_{5} y R_{6}, idénticos o
diferentes, representan un grupo alquilo que tiene 1 a 18 átomos de
carbono o un radical bencilo;
R_{1} y R_{2}, idénticos o diferentes,
representan hidrógeno o un grupo alquilo que tiene de 1 a 6 átomos
de carbono, y
X representa un anión derivado de un ácido
mineral u orgánico.
(2) Los polisacáridos catiónicos.
(3) Los polímeros constituidos por unidades de
piperazinilo y radicales divalentes alquileno o hidroxialquileno de
cadenas lineales o ramificadas, eventualmente interrumpidas por
átomos de oxígeno, de azufre o de nitrógeno o por anillos
aromáticos o heterocíclicos, así como los productos de oxidación y/o
cuaternización de estos polímeros.
(4) Las poliaminoamidas solubles en agua
preparadas, en particular, por policondensación de un compuesto
ácido con una poliamina; estas poliaminoamidas pueden estar
entrecruzadas por una epihalohidrina, un diepóxido, un dianhídrido,
un dianhídrido no saturado, un derivado bisinsaturado, una
bishalohidrina, un bisazetidinio, una bishaloacildiamina, un
bishaluro de alquilo o aún por un oligómero resultante de la
reacción de un compuesto bifuncional reactivo frente a una
bishalohidrina, un bisazetidinio, a una bishaloacildiamina, a un
bishaluro de alquilo, a una epihalohidrina, a un diepóxido o a un
derivado bisinsaturado, siendo utilizado el agente entrecruzante en
proporciones que van de 0,025 a 0,35 moles por grupo amina de la
poliaminoamida; estas poliaminoamidas pueden estar alquiladas o, si
llevan una o varias funciones amina terciarias, cuaternizadas.
(5) Los derivados de poliaminoamidas resultantes
de la condensación de polialquilenpoliaminas con ácidos
policarboxílicos, seguida de una alquilación por agentes
bifuncionales.
(6) Los polímeros obtenidos por reacción de una
polialquilenpoliamina que lleva dos grupos amina primaria y al
menos un grupo amina secundaria con un ácido dicarboxílico
seleccionado entre ácido diglicólico y ácidos dicarboxílicos
alifáticos saturados de 3 a 8 átomos de carbono.
(7) Los ciclopolímeros de alquildialilamina o de
dialquildialilamonio.
(8) Los polímeros de diamonio cuaternario que
contienen unidades recurrentes que responden a la fórmula:
\vskip1.000000\baselineskip
fórmula (II), en la
cual:
R_{13}, R_{14}, R_{15} y R_{16},
idénticos o diferentes, representan radicales alifáticos,
alicíclicos o arilalifáticos de 1 a 20 átomos de carbono o
radicales hidroxialquilalifáticos inferiores, o bien R_{13},
R_{14}, R_{15} y R_{16}, juntos o por separado, constituyen
con los átomos de nitrógeno a los que están unidos heterociclos que
contienen eventualmente un segundo heteroátomo distinto de
nitrógeno, o bien R_{13}, R_{14}, R_{15} y R_{16}
representan un radical alquilo C_{1}-C_{6}
lineal o ramificado substituido por un grupo nitrilo, éster, acilo,
amida o
-CO-O-R_{17}-D o
-CO-NH-R_{17}-D,
donde R_{17} es un alquileno y D un grupo amonio cuaternario;
A_{1} y B_{1} representan grupos
polimetilénicos de 2 a 20 átomos de carbono, que pueden ser lineales
o ramificados, saturados o insaturados, y pueden contener, unidos o
intercalados en la cadena principal, uno o varios anillos
aromáticos, o uno o varios átomos de oxígeno o de azufre o grupos
sulfóxido, sulfona, disulfuro, amino, alquilamino, hidroxilo,
amonio cuaternario, ureido, amida o éster, y
X^{-} representa un anión derivado de un ácido
mineral u orgánico;
A_{1}, R_{13} y R_{15} pueden formar con
los dos átomos de nitrógeno a los que están unidos un anillo
piperazínico; además, si A_{1} representa un radical alquileno o
hidroxialquileno lineal o ramificado, saturado o insaturado,
B_{1} puede igualmente representar un grupo
(CH_{2})_{n}-CO-D-OC-(CH_{2})_{n}-,
donde D representa:
a) un resto de glicol de fórmula
-O-Z-O-, donde Z representa un
radical hidrocarbonado lineal o ramificado o un grupo que responde
a una de las fórmulas siguientes:
-(CH_{2}-CH_{2}-O)_{x}-CH_{2}-CH_{2}-
-[CH_{2}-CH(CH_{3})-O]_{y}-CH_{2}-CH(CH_{3})-
donde x e y designan un número
entero de 1 a 4 que representa un grado de polimerización definido y
único, o un número cualquiera de 1 a 4 que representa un grado de
polimerización
medio;
b) un resto de diamina bissecundaria, tal como
un derivado de piperazina;
c) un resto de diamina bisprimaria de fórmula
-NH-Y-NH-, donde Y representa un
radical hidrocarbonado lineal o ramificado, o el radical bivalente
-CH_{2}-CH_{2}-S-S-CH_{2}-CH_{2}-;
d) un grupo ureileno de fórmula
-NH-CO-NH-.
Preferiblemente, X^{-} es un anión.
\newpage
(9) Los polímeros de poliamonio cuaternarios
constituidos por unidades de fórmula (III):
fórmula en la
cual:
R_{18}, R_{19}, R_{20} y R_{21},
idénticos o diferentes, representan un átomo de hidrógeno o un
radical metilo, etilo, propilo,
\beta-hidroxietilo,
\beta-hidroxipropilo o
-CH_{2}CH_{2}(OCH_{2}CH_{2})_{p}OH,
donde p es igual a 0 ó a un número entero de 1 a
6, con la condición de que R_{18}, R_{19}, R_{20} y R_{21}
no representen simultáneamente un átomo de hidrógeno;
r y s, idénticos o diferentes, son números
enteros de 1 a 6;
q es igual a 0 ó a un número entero de 1 a
34;
X representa un átomo de halógeno;
A representa un radical de un dihaluro o
representa preferiblemente
-CH_{2}-CH_{2}-O-CH_{2}-CH_{2}-.
(10) Los polímeros cuaternarios de
vinilpirrolidona y de vinilimidazol.
(11) Las poliaminas referenciadas bajo el nombre
de "POLYETHYLENEGLYCOL (15) TALLOW POLYAMINE" en el diccionario
CTFA.
(12) Los polímeros entrecruzados de sales de
metacriloiloxialquil(C_{1}-C_{4})trialquil(C_{1}-C_{4})amonio.
(13) Polialquileniminas, en particular
poli-etileniminas, polímeros que contienen unidades
de vinilpiridina o vinilpiridinio, condensados de poliaminas y
epiclorhidrina, poliureilenos cuaternarios y derivados de la
quitina.
18. Composición según la reivindicación
anterior, caracterizada por seleccionar dicho polímero
catiónico entre ciclopolímeros catiónicos, polisacáridos
catiónicos, polímeros cuaternarios de vinilpirrolidona y de
vinilimidazol, homopolímeros o copolímeros entrecruzados de sales
de
metacriloiloxialquil(C_{1}-C_{4})trialquil(C_{1}-C_{4})-amonio
y sus mezclas.
19. Composición según la reivindicación 18,
caracterizada por seleccionar dicho ciclopolímero entre
homopolímeros de cloruro de dialildimetilamonio y copolímeros de
cloruro de dialildimetilamonio y de acrilamida.
20. Composición según la reivindicación 16,
caracterizada por seleccionar dichos polisacáridos catiónicos
entre gomas de guar modificadas por una sal de
2,3-epoxipropiltrimetilamonio e hidroxietilcelulosas
que han reaccionado con un epóxido substituido con un grupo
trimetilamonio.
21. Composición según una cualquiera de las
reivindicaciones precedentes, caracterizada por estar
presente el copolímero de ácido metacrílico y de acrilato de
alquilo C_{1}-C_{4} en una concentración de
entre un 0,01% y un 20% en peso con respecto al peso total de la
composición, preferiblemente de entre un 0,05% y un 15% en
peso.
22. Composición según una cualquiera de las
reivindicaciones precedentes, caracterizada por estar
presente el aceite en una concentración de entre un 0,001% y un 20%
en peso con respecto al peso total de la composición,
preferiblemente de entre un 0,01% y un 10% en peso.
23. Composición según una cualquiera de las
reivindicaciones 15 a 22, caracterizada por estar presente el
polímero catiónico o anfotérico en una concentración de entre un
0,001% y un 20% en peso con respecto al peso total de la
composición, preferiblemente de entre un 0,01% y un 10% en peso.
24. Composición según una cualquiera de las
reivindicaciones precedentes, caracterizada por incluir
además al menos un agente tensioactivo seleccionado entre
tensioactivos aniónicos, no iónicos, anfotéricos, catiónicos y sus
mezclas.
25. Composición según la reivindicación 24,
caracterizada por seleccionar el o los agentes tensioactivos
entre al menos uno o varios tensioactivos aniónicos o mezclas de al
menos uno o varios tensioactivos aniónicos y de al menos uno o
varios tensioactivos anfotéricos o de al menos uno o varios
tensioactivos no iónicos.
26. Composición según una cualquiera de las
reivindicaciones 24 ó 25, caracterizada por estar presentes
el o los agentes tensioactivos en una concentración de entre un
0,01% y un 50% en peso, preferiblemente de entre un 0,1% y un 40%
en peso y aún más preferiblemente de entre un 0,5% y un 30% en peso,
con respecto al peso total de la composición.
27. Composición según una cualquiera de las
reivindicaciones 1 a 26, caracterizada por el hecho de que la
composición contiene al menos un aditivo seleccionado entre
espesantes, agentes antipelícula o antiseborreicos, perfumes,
agentes nacarantes, hidroxiácidos, electrolitos, conservantes,
filtros solares siliconados o no, vitaminas, provitaminas tales
como el pantenol, polímeros aniónicos o no iónicos, proteínas,
hidrolizados de proteínas, ácido
18-metileicosanoico, aceites fluorados o
perfluorados, siliconas, ceras naturales o sintéticas, compuestos
de tipo ceramida, aminas grasas, ácidos grasos y sus derivados y
alcoholes grasos y sus derivados, así como mezclas de estos
diferentes compuestos.
28. Composición según una cualquiera de las
reivindicaciones precedentes, caracterizada por presentarse
en forma de champú, de post-champú, de composición
para la permanente, el desrizado, la coloración o la decoloración
de los cabellos, de composición con aclarado para aplicar entre las
dos etapas de una permanente o de un desrizado o de composición
para el lavado del cuerpo.
29. Utilización de una composición tal como la
definida en una cualquiera de las reivindicaciones precedentes para
el lavado o para el cuidado de las materias queratínicas.
30. Procedimiento de tratamiento de las materias
queratínicas, tales como el cabello, caracterizado por
consistir en aplicar sobre dichas materias una composición
cosmética según una de las reivindicaciones 1 a 28 y en efectuar
después eventualmente un aclarado con agua.
31. Utilización de un copolímero entrecruzado de
ácido metacrílico/acrilato C_{1}-C_{4} en, o
para, la fabricación de una composición cosmética que contiene un
aceite tal como se ha definido en una de las reivindicaciones 1 y
10 a 14.
32. Utilización de una composición tal como la
definida en una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 28 para
aportar ligereza al cabello.
33. Utilización de una composición tal como la
definida en una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 28 para
aportar suavidad al cabello.
34. Utilización de una composición tal como la
definida en una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 28 para
aportar lisura al tacto al cabello.
35. Utilización de una composición tal como la
definida en una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 28 para
aportar flexibilidad al cabello.
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