Grupo de trabajo del artículo 29
Apariencia
El Grupo de trabajo del artículo 29 está compuesto por un representante de la autoridad de protección de datos de cada Estado miembro de la UE, el Supervisor Europeo de Protección de Datos y la Comisión Europea. Su nombre proviene de la Directiva de protección de datos (Directiva 95/46/CE)[1][2] y fue lanzado en 1996.
Sus principales misiones son:
- Dar consejos de expertos a los Estados en relación con la protección de datos.
- Promover la misma aplicación de la Directiva de protección de datos en todos los Estados miembros de la UE, así como de Noruega, Liechtenstein e Islandia.
- Facilitar a la Comisión un dictamen sobre las leyes comunitarias (primer pilar) que afectan al derecho a la protección de datos personales.
Véase también
[editar]Enlaces externos
[editar]- Art.29 sobre protección de datos
- Página de la Unión Europea sobre Protección de Datos
- Dictamen 1/2006 sobre la aplicación de las normas de la UE relativas a la protección de datos a programas internos de denuncia de irregularidades en los campos de la contabilidad, controles contables internos, asuntos de auditoría, lucha contra el soborno, delitos bancarios y financieros del Grupo de Trabajo del ARTÍCULO 29 sobre Protección de Datos (publicado por la Agencia Española de Protección de Datos).